La Contraloría General de la República de Panamá informó que para los próximos Censos Nacionales de la década 2020, a realizarse del 8 de enero al 4 de marzo de 2023, el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC), ejecutará el Censo de Derecho.
"Ante este cambio de metodología, de hecho a derecho, la figura de informante adecuado viene a ser un papel bastante relevante, en el sentido de que ya no es relevante de que estén todos los miembros del hogar presentes, durante el periodo de empadronamiento", explicó el Javier Muñoz, jefe de Coordinación de Censos.
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En este cambio de metodología surge la figura de “El informante adecuado”, el cual no solo deberá saber con exactitud los datos del hogar, sino que debe armar la lista de los ocupantes que residen habitualmente en el hogar, presentar copias claras de las cédulas por ambos lados o mantener las imágenes de las mismas en su celular para facilitar la obtención del número de cédula de su familiar, al momento de ser empadronado.
"La figura del informante adecuado es una persona mayor de edad, dentro del nucleo familiar o del hogar que esté en la capacidad de responder las características de cada miembro del hogar, la edad, número de cédula, profesión, ingresos, entre otros aspectos, tanto socieodemográficos como socioeconómicos, es importante porque es la figura que podrá rendir la información necesaria para poder concretar efectivamente el empadronamiento en el hogar", reseñó Muñoz
Además el contralor general, Gerardo Solís, indicó que es importante enviar un mensaje para que la ciudadanía conozca el cambio de la dinámica.
"Tenemos que mandar un mensaje a las personas sobre lo importante de conocer la dinámica de su propio hogar, incluyendo sus horarios de trabajo o estudio quién llega tarde a su casa o sale muy temprano, como en las ciudades dormitorios, para que se pongan de acuerdo sobre quién será su ‘Informante adecuado’. Esa figura tendrá el poder de dar la información al empadronador, en estos Censos de Derecho", señaló el contralor.
Entre los datos que debe proporcionar el “Informante adecuado” al empadronador están:
- Datos de la vivienda:
Información sobre el estatus de la misma, si es hipotecada, alquilada, propia, cedida, características como: material del piso, techo, paredes, acceso a servicios básicos (agua, luz, basura), bienes y servicios; antecedentes del hogar (cuántos residen habitualmente, cuántos se fueron a vivir a otro país, cuántos fallecieron desde 2020 a la fecha y cuántos fallecieron por COVID-19.
- Datos de la población:
Número de Cédula de cada uno de los miembros del hogar, nivel académico, inscritos en el registro civil al nacer, lugar de nacimiento, asistencia a la escuela, nivel de escolaridad, títulos académicos, estado conyugal, autorreconocimiento étnico tanto indígena como afrodescendiente, si hay condición de discapacidad, si trabaja o está desocupado, su ocupación, que actividad económica realiza y los ingresos mensuales.
La Contraloría determino que los Censos Nacionales XII de Población y VIII de Vivienda, correspondientes a la década del 2020, iniciarán el 8 de enero de 2023 y durarán 56 días, hasta el 4 de marzo.