Panamá Nacionales -  24 de agosto de 2016 - 12:34

Defensa de Martinelli se notifica y cuestiona resolución que devuelve extradición a la CSJ

La defensa del expresidente Ricardo Martinelli se notificó este miércoles ante la Cancillería por la Resolución que devuelve la petición de extradición a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y cuestionan el documento por considerarlo contradictorio a decisiones tomadas en este trámite.

En un escrito enviado hoy a la vicepresidenta y canciller, Isabel De Saint Malo, el abogado Sidney Sittón, miembro del equipo legal del exmandatario se da por notificado de la Resolución del 4 de agosto en la cual, Farah Diva Urrutia directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores devuelve a la Corte dicho trámite, pero además alega violaciones al proceso y contradicción.

Sustenta en el documento, un recurso para que se anulen todas las actuaciones administrativas, por considerar que hubo violación a las garantías y a la Convención Americana de Derechos Humanos "que impiden un debido proceso legal". "En otra resolución ya dictada ha dicho que Cancillería es solo un tramitador y que no podían hacer reparos a la misma y hoy produce un acto administrativo que se contradice" , señaló.

La Cancillería le sugirió a la Corte, en una nota dirigida al magistrado Jerónimo Mejía, Juez de Garantías, en el caso de escuchas o pinchazos, incorporar un documento adicional (affidavit) para evitar futuras subsanaciones que puedan retrasar el trámite ante Estados Unidos.

La defensa de Martinelli reitera que se ha privado a la defensa de un proceso administrativo y que existen precedentes de sentencias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) relacionadas a Panamá que a su juicio, han sido "desatendidas" por el Ministerio de Relaciones Exteriores en este trámite para la extradición de Martinelli.

Hizo referencia al caso Ricardo Baena y otros versus Panamá, sobre el cual la CIDH determinó que los componentes del debido proceso administrativo son la notificación previa, las audiencias producción de pruebas, entre otras. Mientras que por el caso Vélez-Loor se condenó a Panamá porque la persona "no fue oída" y no pudo ejercer defensa.

FUENTE: Irma Rodríguez Reyes