Los fondos de las sanciones por incumplimiento de la Ley 23 del 27 de abril de 2015 , mediante la cual se adoptan medidas para prevenir el blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo, serán destinados a la adquisición de equipos y capacitación de funcionarios de entidades vinculadas a la supervisión de esta regulación.
El Artículo 60 de la Ley 23, establece multas que van de los B/.5,000.00 a B/.1,000,000.00, según la gravedad de la falta y grado de reincidencia.
Este jueves fue promulgada en Gaceta Oficial una resolución que define la distribución de estos fondos :
- 30% para la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiamiento del Terrorismo
- 30% para la Procuraduría General de la Nación
- 30% para el organismo de supervisión que impuso la sanción
- 10% será dividido entre todos los organismos de supérvisión (Superintendencia del Maercado de Valores, Superintendencia de Seguros y Reaseguros, Superintendencia de Bancos, Instituto Panameño Autónomo Cooperativo, Intendencia de Supervisión y Regulación de Sujetos no Financieros).