Panamá Nacionales -  1 de agosto de 2018 - 10:00

Rechazan justicia selectiva en los casos de atropello en Panamá

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Existe selectividad en los casos de atropello en Panamá

A juicio del abogado Víctor Martínez existe una selectividad en la aplicación de medidas cautelares en los casos de atropellos en Panamá.

La reacción de Martínez es por la reciente detención provisional de una joven de 18 años, que atropelló a la estudiante de la Universidad Tecnológica de Panamá (UTP), Rosaida Lorenzo el pasado 26 de julio, en la vía Centenario.

"A una la detienes y el otro anda tranquilo que va a la Asamblea Nacional", manifestó el abogado refiriéndose al diputado Mario Lazarus, implicado en la muerte por atropello de una joven de 14 años, hecho ocurrido el miércoles 27 de diciembre, en la provincia de Colón.

Martínez expresó estar en desacuerdo en parte con las declaraciones brindadas por el abogado internacionalista Francisco Carreira quien explicó que la población panameña debe entender que la detención preventiva no es ninguna sanción, aunque la persona esté involucrada en un hecho tiene derecho a fianza y a otras medidas cautelares.

“Si esta joven de 18 años de edad está estudiando, no hay que desgraciar dos vidas...hasta que la persona no es condenada no debe ser detenida, en otros países hay otras fórmulas”, indicó Carreira.

Por su parte, Martínez enfatizó que “es cierto que la joven está estudiando pero hay que mirar todo lo que ha salido a la luz en relación a ese tema ella era mayor de edad y se le detiene, sin embargo en el caso del diputado Lazarus fue más grave porque él es médico y se fue, debió haberle dado auxilio a la niña de 14 años pero se va”.

Recordó con rechazó la decisión adoptada por la magistrada Ángela Russo de detener al automóvil de Lazarus ya que “el que podía tener la posibilidad de estar involucrado en algún tipo de accidente nuevamente era el carro este se manejaba solo, entonces exime al diputado”.

Cabe señalar que Lazarus goza de fuero electoral y el pasado 26 de febrero, el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dictó las medidas de notificación los días 15 y 30 de cada mes, prohibición de manejar y de salida del país sin orden judicial.

FUENTE: Odalis Núñez