Panamá Nacionales -  12 de diciembre de 2018 - 22:25

GUPC deberá pagar 847,6 millones de dólares a la ACP

La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) fue notificada este miércoles sobre el Laudo Arbitral emitido con relación a un arbitraje interpuesto en sus contra por Grupo Unidos por el Canal, S.A. (GUPCSA) y sus accionistas.

La entidad explica que GUPCSA solicitó al Tribunal Arbitral a través de ese arbitraje, que declarara que los adelantos otorgados por la ACP para la ejecución del contrato de Diseño y Construcción del Tercer Juego de Esclusas del Programa de Ampliación del Canal de Panamá, no habían vencido con lo cual no eran líquidos ni exigibles hasta que la totalidad de sus reclamos fuesen resueltos en arbitraje.

Detalla que el Tribunal Arbitral determinó que GUPCSA deberá pagarle a la ACP los adelantos iniciales que ascienden a USD 547,958,819.42; y, los adelantos adicionales de USD 299,671,507.68, los cuales suman un total de USD 847,630,327.10 millones de dólares.

Asimismo, estableció que Grupo Unidos por el Canal S.A. Sacyr S.A., Salini-Impregilo S.p.A., Jan De Nul N.V., Constructora Urbana S.A., y Sofidra S.A. deberán reembolsar a la ACP la cantidad de US $395,000 en concepto de costas y gastos de los Miembros del Tribunal y gastos administrativos de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI); además deberán pagar el monto de US $5,444,478.50 como contribución a las costas legales y demás gastos incurridos por la ACP en relación con el arbitraje.

Además determinó que ACP queda autorizada para cobrar de manera inmediata la garantía emitida por UniCredit AG, sucursal de Londres, por el monto de US $13,186,719 para garantizar el pago de los intereses generados desde la fecha de vencimiento de los adelantos iniciales hasta el 16 de diciembre de 2018. Por otro lado determinó que la ACP no estaba autorizada para retener montos pagaderos a GUPCSA relacionados con los servicios de mantenimiento, con lo cual deberá devolverle dichos montos.

“La ACP continuará ejerciendo todas las acciones que en derecho le asisten para el cobro inmediato de dichos adelantos que se encuentran pendientes de pago y que se encuentran debidamente garantizados por Cartas de Créditos y Garantías Corporativas”, enfatiza la ACP en un comunicado , en el que además indica que todas las demás solicitudes de resarcimiento requeridas por GUPCSA fueron denegadas.

FUENTE: Nimay González

En esta nota: