Panamá Nacionales -  12 de marzo de 2019 - 12:00

Recomiendan a padres de familia guardar factura con nombre de gastos escolares

La abogada Martha Luna, experta en temas tributarios recomendó este martes a los padres de familia guardar la factura con su nombre ya sea como (contribuyente o del menor), con el fin de beneficiarse de la deducción al impuesto sobre la renta en los gastos escolares en los cuales haya incurrido.

De acuerdo con la Ley 37 de 5 de junio de 2018, la deducción cubre a todos los dependientes que cursen desde el primer nivel de enseñanza o educación básica general, el segundo nivel de enseñanza o educación media. Incluso aquellos que están estudiando en la universidad y viven con sus padres.

Luna indicó que también un contribuyente de impuesto sobre la renta que no recibe retención en fuente, quiere decir, que no es asalariado “pero estoy obligado a pagar impuesto sobre la renta, igualmente puede reconocer y arrastrar el derecho de deducción a los gastos escolares”.

Explicó que se consideran como gasto escolares la matrícula, mensualidades, transporte escolar (bus colegial), útiles escolares y uniformes; hasta por un máximo anual de 3,600 dólares por cada hijo “que puedo restar de mi renta neta gravable”.

Reiteró que el ticket de caja “no vale”, ya que debe tener el nombre. Los gastos escolares que los padres de familia ya han hecho para el año fiscal 2019 se hará efectivo a partir del 2020.

Los beneficiados con la Beca Universal tampoco aplican para la solicitud de impuesto de gastos escolares, ya que reciben el beneficio. En caso de que el gasto supere el monto de la beca, se deberá hacer una compensación.

FUENTE: Odalis Núñez