Un Decreto Ejecutivo a través del cual se establece la regulación de los precios máximo de venta al público de algunos combustibles líquidos fue promulgado en Gaceta Oficial. Según el Decreto Ejecutivo N.°1099 de 17 de diciembre de 2019, se regulan por seis meses, prorrogables, los precios al público de las gasolinas de 91 y 95 octanos, el diésel bajo azufre en las siguientes localidades: Panamá Colón Arraiján La Chorrera Antón Penonomé Aguadulce Divisa Chitré Las Tablas Santiago David Frontera Boquete Volcán Cerro Punta PUerto Armuelles Changuinola El documento detalla que la Secretaría Nacional de Energía será el ente que que determinará en cada ocasión, mediante resolución, los precios máximos de venta al público específicos de cada combustible en cada localidad y actualizará cada 14 días calendario dichos precios, en función de las variaciones que experimenten los precios de paridad de importación respectivos y de la estimación de los costos de fletes y márgenes razonables de comercialización para cada combustible. También establece que la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia ejecutará y velará por el fiel cumplimiento del Decreto, y aplicará las respectivas sanciones a los agentes económicos que infrinjan la regulación. Por otro lado, señala que esta medida es de carácter provisional, "hasta tanto el comportamiento de los precios de los combustibles líquidos permita desregularización de los mismos".
Gobierno regula por seis meses prorrogables los precios de venta del combustible
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