Panamá Nacionales -  3 de septiembre de 2020 - 10:17

ARAP aclara que cobro a comerciantes es por salvoconducto para venta de producto en período de veda

Odalis Núñez
Por Odalis Núñez

Flor Torrijos, administradora General de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), aclaró este jueves que los comerciantes deben pagar un costo de B/. 5.00 por el Certificado de Inspección Ocular (CIO), que los autoriza para la venta del producto durante el periodo de veda.

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Esto, luego que circulara un vídeo a través de redes sociales, donde se observa a un grupo de personas en las instalaciones del ARAP, que denunciaban que supuestamente a los trabajadores marinos que llegan en sus barcos y se llevaban 5 o 10 libras de pescado debían pagar B/.5.00.

Torrijos explicó que desde 1 de septiembre al 11 de octubre, queda prohibida la captura de camarones marinos de cualquier especie en toda la República de Panamá, por lo cual los establecimientos, personas naturales o jurídicas que comercializan, procesan o almacenan camarones y/o que ofrezcan el producto, deberán estar certificados para la venta, posesión o depósito de toda clase de camarón.

Es por eso que deben obtener su respectivo Certificado de Inspección Ocular , que los autoriza para tales fines durante el período de veda, toda vez que “al salir del puerto y para los diferentes puntos de verificación o pesaje, ya sea en Divisa se les va a verificar que llevan y si ven que es camarón y no tienen el salvoconducto le van a decomisar el producto”.

“Al venderlo comercialmente todas las personas deben tener el certificado, donde indica  que ese producto lo ha obtenido legalmente previo al 1 de septiembre y la veda es importante respetarla para permitir dejar crecer el camarón, es decir que en 41 días tengamos mucho camarón”, dijo la administradora de la ARAP.

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