La Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional (AN) aprobó en primer debate el proyecto de Ley N° 206 , que modifica y adiciona artículos al Código Penal, con el objetivo de aumentar las penas a conductores que provocan accidentes de tránsito bajo estado de embriaguez.
El proyecto modifica el artículo 133 del Código Penal, estableciendo penas de prisión de 5 a 7 años, a quien culposamente cause la muerte de otro. Actualmente, la pena es de 3 a 5 años.
Si en el hecho mueren varias personas, o una persona y la lesión de otras, la sanción será de 5 a 12 años de prisión. Actualmente, la sanción es de 3 a 6 años de prisión.
Serán agravantes de la pena hasta en dos terceras partes cuando el autor cometa el hecho mientas conduce equipo de carga pesada, corrosiva, inflamable; mientras conduce bajo efecto de bebidas alcohólicas, drogas ilícitas; cometa el hecho mientas conduce utilizando un teléfono celular o cualquier otro aparato de comunicación; cuando el hecho ocurra por omisión o negligencia de las personas en quienes recae la obligación de garantizar las medidas de seguridad; y cuando el hecho ocrurra por omisión en el cumplimiento de alguna medida o reglamentación de observancia vial.
Estas sanciones se aumentarán a la mitad de la pena cuando el autor sea conductor de transporte público, colectivo, selectivo o escolar durante la prestación de servicio, cuando el autor se encuentra en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas, cuando es producto de una competencia de velocidad.
También se adiciona un artículo que indica que quien sin intención de matar en un accidente de tránsito, cause lesiones físicas graves, será sancionado con 2 a 4 años de prisión cuando conduce el vehículo bajo efectos de bebidas alcohólicas y drogas ilícitas, y mientras utiliza un teléfono celular.