Panamá Nacionales -  13 de septiembre de 2022 - 18:49

Aprueban en tercer debate iniciativa que regula el ejercicio de la Abogacía en Panamá

La norma prohíbe el ejercicio de la abogacía por intermedio de sociedades anónimas u otras de carácter mercantil.

Linda Batista
Por Linda Batista

El pleno de la Asamblea Nacional de Panamá aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 809, que regula el ejercicio de la Abogacía en Panamá.

El proyecto establece que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) solo otorgará certificado de idoneidad para el ejercicio de la profesión de abogado, a quién reúna los siguientes requisitos:

  • Ser de nacionalidad panameña. (Los abogados extranjeros podrán asesorar solo en materia internacional, pero no incluye representaciones).
  • Poseer título de la licenciatura en Derecho y Ciencias Políticas, expedido por universidades oficiales, así como por universidades particulares debidamente autorizadas para funcionar en el territorio de la República de Panamá a cuyos títulos la ley le reconozca valor oficial.
  • Poseer título de la licenciatura en Derecho y/o Licenciatura en Derecho y Ciencias Políticas expedido por una universidad en el exterior el cual deberá ser previamente revalidado en la Universidad de Panamá, salvo en el caso de convenios internacionales que en términos exactos y precisos eximen al interesado de la obligación de revalidar su título profesional.
  • Aprobar el examen profesional de acceso al ejercicio de la abogacía, basado principalmente en conocimientos éticos y prácticos de la profesión de abogado, que será aplicado por la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia.

Además, se prohíbe el ejercicio de la abogacía por intermedio de sociedades anónimas u otras de carácter mercantil. Esta se podrá ejercer por medio de sociedades civiles de personas únicamente cuando hayan sido constituidas para este fin por abogados idóneos si se encuentren registrados en la Sala Cuarta de la Corte.

Igualmente, los abogados que incurran en algunas fallas serán sancionados con amonestación privada y pública, así como la suspensión del ejercicio de abogacía por hasta más de tres años.

Por su parte, el Colegio Nacional de Abogados creará un Tribunal de Honor para la investigación de falta a la ética por denuncia de parte interesada o del funcionario del Órgano Judicial del Ministerio Público o de la Administración Pública que conozca del caso con el cual incurrió en la falta.

El proyecto también establece el 9 de agosto como el Día del Abogado.

https://twitter.com/asambleapa/status/1569820188970811392

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