El Gobierno Nacional ordenó el cierre de las oficinas públicas y municipales en todo el territorio nacional los días lunes 16 y miércoles 18 de febrero de 2026, con motivo de las festividades de los Carnavales, mediante el Decreto Ejecutivo N.°3, promulgado este lunes.
Cierre de oficinas por Carnavales
La disposición aplica a todas las entidades públicas nacionales y municipales, con el objetivo de facilitar la participación ciudadana en las celebraciones y promover el movimiento turístico interno durante estas fechas. El decreto enmarca la medida dentro de la tradición cultural del país y su impacto en la economía, al considerar al Carnaval como una actividad recreativa, social y turística de alto alcance.
No obstante, el propio documento establece excepciones para los servicios esenciales, que por la naturaleza de sus funciones deben mantenerse operativos.
Entre ellos se encuentran:
- Instituciones de salud (hospitales, clínicas y policlínicas)
- El Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN)
- Los cuerpos de seguridad y emergencia
- El Metro de Panamá
- El Servicio Nacional de Migración
- La Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre
- Tocumen, S.A.
- La Autoridad Nacional de Aduanas y otras entidades vinculadas a servicios básicos, comercio internacional, puertos y aeropuertos.
¿Cómo se compensarán las horas no laboradas?
Para garantizar la continuidad administrativa, el decreto ordena que los servidores públicos laboren una hora adicional después de su horario regular de salida en fechas específicas. La reposición se realizará los días 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 24, 26, 27, 28, 29 y 30 de enero, así como el 2 de febrero de 2026.
Este esquema de compensación busca equilibrar el cierre temporal de oficinas con la prestación de servicios al ciudadano, evitando la acumulación de trámites y manteniendo los plazos administrativos establecidos por la ley.
Martes de Carnaval: descanso obligatorio
El decreto recuerda además que, conforme al Artículo 46 del Código de Trabajo, el martes de Carnaval, que en 2026 cae el 17 de febrero, es día de descanso obligatorio. Esta disposición aplica al ámbito laboral y refuerza el carácter especial de la fecha dentro del calendario nacional.
Con estas medidas, el Gobierno procura facilitar el desarrollo de las festividades sin afectar a largo plazo la operatividad del Estado, al tiempo que promueve el turismo interno y la participación ciudadana en una de las celebraciones más emblemáticas del país.




