Panamá Nacionales -  14 de marzo de 2023 - 08:21

Confirman condena de 50 meses de prisión a Gustavo Pérez y Alejandro Garúz

La condena a Gustavo Pérez y Alejandro Garúz se da luego de que el Tribunal Superior de Justicia negara el recurso de casación.

Yulilka Godoy
Por Yulilka Godoy

Luego de que la Fiscalía Superior Especializada Contra la Delincuencia Organizada logrará la negación del recurso de casación, se confirma la condena de 50 meses de prisión a los señores Gustavo Pérez y Alejandro Garúz, exsecretarios del Consejo de Seguridad Nacional de Panamá, como cómplices primarios por la comisión del delito Contra la Libertad, en la modalidad de Inviolabilidad del Secreto y el Derecho a la Intimidad.

La sentencia condenatoria a los dos hombres fue dictada por el Juez Decimosexto de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, Enrique Pérez, del 3 enero de 2019, y confirmada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, del 18 de febrero de 2020, ante lo que las defensas de los sentenciados presentaron un recurso de casación para anular sus sentencias.

https://twitter.com/PGN_PANAMA/status/1635386631476723712

Proceso de investigación por las autoridades

La investigación tuvo inicio con la diligencia de fecha 29 de julio de 2014, realizada por la entonces Fiscalía Auxiliar de la República.

La Fiscalía Contra la Delincuencia Organizada, estableció en su vista fiscal que hubo un perjuicio a más de 150 personas, entre ellos: políticos, sindicalistas, periodistas, empresarios, líderes sindicales, abogados y funcionarios, diputados, diplomáticos, a quienes se les efectuaron escuchas telefónicas, mediante equipo tecnológico, no autorizadas legalmente y se les vulneraron sus derechos a la intimidad.

En el fallo de la Corte Suprema de Justicia, se estableció que el casacionista no pudo demostrar cargos de injuridicidad respecto a los motivos (y al tratarse de causales de naturaleza probatoria la infracción ocurre de manera indirecta al producirse la violación directa de las normas adjetivas), por lo cual mal puede estimarse se ha verificado violación a la norma sustantiva.