Mediante el artículo primero de la gaceta oficial del decreto Alcaldicio: se prohíbe la venta y el consumo de licor, también se habilita el cierre de cantina, bares; discotecas y demás sitios de diversión pública mejor conocido como la (ley seca), de las 12:01 a.m. del martes 20 de diciembre a las 12:01 a.m del miércoles 21 de diciembre. Esto, a fin de conmemorar el día de duelo nacional por los caídos del 20 de diciembre.
Este es el primer año que se conmemora el 20 de diciembre como día de duelo nacional, en esta fecha, el pabellón nacional será izado a media asta en todo el territorio nacional como acto protocolar de hacer memoria por los caídos. Según el artículo segundo también se prohibirá el uso de cajas de música, sinfonías, radios y otros equipos de audio; así como la realización de actividades bailables, karaokes, conciertos amenizados por orquestas, conjuntos, unidades móviles y otros medios de reproducción de música a fin de cumplir como ciudadanos con el duelo nacional y hacer memoria de todos los sucesos que ocurrieron en nuestro país un 20 de diciembre.
Las personas que no cumplan con los requerimientos a la fecha recibirán una multa de 500 balboas a 5,000 balboas. Cabe mencionar que este 20 es estipulado mediante la ley como descanso obligatorio.