Una circular emitida por la Coordinación General de la Oficina de Monitoreo, Evaluación y Seguimiento del Sistema Penal Acusatorio (SPA) estableció nuevas directrices para el agendamiento de audiencias, prohibiendo a jueces y magistrados solicitar la programación de casos en particular.
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Circular establece nuevas disposiciones a jueces y magistrados
El documento, firmado por la coordinadora general de la Oficina de Monitoreo, Evaluación y Seguimiento del Sistema Penal Acusatorio, señala que las solicitudes relacionadas con la programación de audiencias deberán ajustarse estrictamente a los parámetros vigentes.
Asimismo, recalca que el proceso de agendamiento debe desarrollarse de manera objetiva y respetando los mecanismos institucionales diseñados para la gestión de los casos.
La circular también ordena que la programación de audiencias se efectúe sin interferencias de terceros, con el objetivo de preservar la transparencia, imparcialidad y equidad en la administración de justicia.
La disposición pretende reforzar el cumplimiento de los criterios establecidos para la asignación de fechas y horarios dentro del Sistema Penal Acusatorio.
Garantizar el orden en la gestión judicial
Las autoridades buscan que todas las audiencias sean programadas siguiendo los procedimientos administrativos y judiciales correspondientes, evitando solicitudes particulares que puedan alterar el orden de atención de los casos.
La medida forma parte de los mecanismos internos orientados a fortalecer la eficiencia y la correcta administración de los procesos dentro del Sistema Penal Acusatorio.



