Este martes fue promulgada en Gaceta Oficial la Resolución N° 2214 a través de la cual se establece una serie de nuevas medidas sanitarias relacionadas con los carné sanitarios y el uso obligatorio de mascarillas y pantalla facial en los restaurantes, fondas o similares.
Añade que a partir de los dos meses de la promulgación de esta Resolución, todas las personas que sean manipuladores de alimentos, que requieran el certificado de buena salud (carné blanco) o el certificado de adiestramiento sanitario (carné verde), deberá cumplir con el requisito de contar con las dos dosis de la vacuna contra la COVID-19.
Además, las personas que participa como conductor o repartidor a domicilio en servicios de entrega de alimentos o delivery, utilizando vehículos, motocicletas, ciclomotores, cuatriciclos, moto furgones u otros medios de transportes similares, deberán contar con el certificado de buena salud (carné blanco) o el certificado de adiestramiento sanitario (carné verde).
Las faltas y violaciones de estas disposiciones podrían acarrear sanciones a las personas involucradas, incluyendo la responsabilidad solidaria de los propietarios de los establecimientos despachadores.




