Este viernes fue promulgado en Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo N° 805 a través del cual se establecen nuevas medidas de cuarentena y toque de queda en distintas provincias de Panamá, y dicta otras disposiciones.
El documento establece que a partir del lunes 26 de julio se establece un toque de queda para los distritos de Alanje, Remedios Renacimiento, San Félix, Tolé y San Lorenzo, de lunes a domingo desde las 12:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.
Se mantiene para el resto de la provincia de Chiriquí la medida de toque de queda de lunes a domingo desde las 10:00 p.m. hasta las 4:00 p.m.
Distrito de Panamá
A partir del lunes 26 de julio en el distrito de Panamá se establece un toque de queda de lunes a domingo desde las 12:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.
Se exceptúan de esta medida, los corregimientos de Pacora, Alcalde Díaz, Chilibre, Caimitillo, Ernesto Córdoba y Las Cumbres, las cuales mantendrán la medida de toque de queda, de lunes a domingo, desde 10:00 p.m. hasta las 4:00 a.m.
Veraguas
En el distrito de Soná, La Mesa y Santiago en la provincia de Veraguas, a partir del 26 de julio, se levanta la medida de cuarentena total los domingos sin jornada laboral ni movilidad y se ordena un toque de queda de lunes a domingo, desde las 10:00 p.m. hasta las 4:00 a.m.
Para el distrito de Mariato, Las Palmas, San Francisco, Cañazas, Montijo, Calobre, Santa Fé y Río de Jesús se mantendrán con la medida de toque de queda de lunes a domingo, desde las 12:00 a.m. a las 4:00 a.m.
para el distrito de Atalaya, se mantienen las medidas establecidas de cuarentena total los domingos, que comprende desde el sábado a partir de las 10:00 p.m. hasta el lunes a las 4:00 a.m. y de toque de queda de lunes a sábado, desde las 10:00 p.m. hasta el lunes a las 4:00 a.m.
Colón
En el distrito de Donoso, en la provincia de Colón, a partir del lunes 26 de julio, se flexibiliza un toque de queda, de lunes a domingo desde las 12:00 a.m. hasta las 4:00 a.m.
Para el resto de la provincia de Colón se mantendrá vigente la medida toque de queda, de lunes a domingo, desde las 12:00 a.m hasta las 4:00 a.m.
Las actividades comerciales e industriales que operan en cada región, podrán mantenerse abiertas para atender al público de manera presencial hasta una hora antes del toque de queda que corresponda y podrán brindar el servicio a domicilio hasta las 11:00 p.m.




