El presidente de Panamá, Laurentino Cortizo, sancionó la ley que amplía el alcance del fuero maternal hasta el padre.
La nueva legislación también concede 15 días de vacaciones anticipadas al padre en caso de fallecimiento de la madre, luego de cumplir con el duelo establecido por ley.
Para tener derecho a esta extensión del fuero de maternidad, el padre debe presentar el certificado de nacimiento del niño que lo acredita como padre del menor, entre otros documentos.
Esta norma nació a través del Proyecto de Ley 548, que fue aprobado en tercer debate por el Pleno de la Asamblea Nacional el pasado mes de abril.
Tras su sanción, la nueva ley comenzará a regir al día siguiente que se levante el Estado de Emergencia por pandemia de COVID-19.




