El Tribunal Electoral (TE) recuerda que las personas que se inscribieron en un partido político después del 31 de enero no aparecerán en el padrón final de los colectivos y no estarán habilitados para votar en las elecciones primarias. Este domingo 4 de junio el partido político Realizando Metas celebran sus elecciones primarias para escoger al candidato en el cargo de presidente.
Textualmente el Tribunal Electoral resalta que las personas que se inscriban en un partido político después de la fecha, no estarán habilitadas para votar en las elecciones primarias del colectivo político de su última inscripción, según lo establece el artículo 353 del Código Electoral.
El artículo 353 dice lo siguiente: El Tribunal Electoral procurará efectuar simultáneamente, en las circunscripciones respectivas, las elecciones por razón de empate, no celebración o nulidad. En todo caso, la elección se hará en la totalidad de las mesas no válidas de la circunscripción electoral, según el cargo a elegir. El artículo 353 dice lo siguiente: El Tribunal Electoral procurará efectuar simultáneamente, en las circunscripciones respectivas, las elecciones por razón de empate, no celebración o nulidad. En todo caso, la elección se hará en la totalidad de las mesas no válidas de la circunscripción electoral, según el cargo a elegir.
Además en el artículo 355 del Código Electoral menciona "El Tribunal Electoral publicará en el Boletín del Tribunal Electoral y en periódicos de circulación nacional diaria los avisos relativos a las resoluciones que declaren la nulidad parcial de las elecciones".
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