La Sala Constitucional de Costa Rica declaró ilegal el rastreo telefónico practicado por autoridades policiales a periodistas de un medio escrito y ordenó anular cualquier prueba obtenida de este modo en cualquier proceso, informó este viernes la oficina de prensa del Poder Judicial.
La resolución del máximo tribunal costarricense señala que un rastreo de llamadas a comunicadores del diario Extra por parte del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), viola el principio de proporcionalidad, el derecho a la intimidad y el derecho al secreto de las fuentes periodísticas.
El fallo responde a un recurso de amparo interpuesto por el diario, que en enero pasado denunció haber sido víctima de "espionaje" por parte de "altas autoridades" judiciales.
"Nos rastrearon todas las llamadas para determinar con cuáles funcionarios públicos han conversado nuestros comunicadores y así dejar al descubierto y en estado de indefensión al diario Extra", dijo entonces la subdirectora del medio, Paola Hernández.
Según explicaron los jerarcas del OIJ, el rastreo se dio en el contexto de una investigación interna contra una oficial de ese cuerpo policial, quien supuestamente había revelado a periodistas información sensible en un caso de secuestro.
Sin embargo, el periódico dijo tener pruebas de que el rastreo telefónico se ha practicado en contra de decenas de funcionarios públicos que tienen comunicación frecuente con periodistas.
La Sala Constitucional ordenó anular los registros de llamadas producto del rastreo al periodista y previno a las autoridades del OIJ de no volver a incurrir en los hechos denunciados.
"La libertad de prensa y libertad de expresión y su derivado de protección del secreto de la fuente tiene una naturaleza especial y preferente, por ser un derecho neurálgico para la vigencia democrática y el ejercicio pleno de la libertad de expresión, de forma tal que se requiere una orden judicial para poder ordenar un rastreo telefónico que afecte de un periodista", comentó la magistrada Nancy Hernández.
FUENTE: AFP