El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó el jueves a Italia por haber perpetuado estereotipos sexistas en su sentencia sobre un caso presentado por una mujer que afirmó haber sido violada en grupo.
Seis de los acusados fueron condenados en primera instancia en 2013 pero un tribunal de Florencia anuló dos años después la condena, alegando incoherencias en el relato de la mujer sobre la supuesta agresión.
La corte europea no impugnó ese veredicto, ya que no le corresponde hacerlo, pero consideró que la redacción de la sentencia violaba el derecho a la intimidad de la mujer, consagrado en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Así, el TEDH consideró "injustificados los comentarios relativos a la bisexualidad de la demandante, a sus relaciones sentimentales y a sus relaciones sexuales ocasionales anteriores a los hechos".
"El lenguaje y los argumentos utilizados por el Tribunal de Apelación (italiano) transmiten los prejuicios sobre el papel de la mujer que existen en la sociedad italiana y que pueden impedir la protección efectiva de los derechos de las víctimas de la violencia de género a pesar de un marco legislativo satisfactorio", reza la sentencia de la TEDH.
Roma deberá pagar a la demandante 12.000 euros por daños moral.