El Artículo 29 de la Ley 8 del 11 de febrero de 2011, que reforma el Código de Recursos Minerales de Panamá establece lo siguiente: “Para la exploración y explotación de minerales metálicos o no metálicos en zonas comprendidas dentro de las comarcas indígenas, el Estado y el concesionario deberán llevar un plan de divulgación para que las autoridades y las comunidades indígenas sean informadas y puedan plantear voluntariamente su punto de vista respecto a la actividad minera”.
Para la defensora del derecho ambiental, Raisa Banfield, este artículo es una demostración que la ley está por encima del reciente decreto firmado por el presidente Ricardo Martinelli, que contempla la no explotación minera en ninguna reserva comarcal del país, mientras dure su administración.
Incluso Banfield ha considerado la acción del Gobierno como un acto mediático para intentar calmar los brotes de violencia dentro de la Comarca Ngäbe Buglé, que ha sido uno de los principales grupos que piden la derogación de la recién promulgada ley.
FUENTE: Kathyria Caicedo