Las empresas que ofrezcan el servicio de chivas parranderas que sean sorprendidas con menores de edad a bordo y la presencia de bebidas alcohólicas serán sancionadas con una multa de B/.500.00 o la suspensión definitiva del permiso de operación.
La Alcaldía de Panamá emitió el decreto número 2787 del 13 de agosto de 2012 que regula las actividades recreativas o lucrativas, el cual prohíbe el ingreso a las chivas parranderas de menores de edad cuando haya bebidas alcohólicas. Además, regula el tránsito de estas chivas por áreas residenciales.
Para tomar las medidas correspondientes y velar con el cumplimiento de este decreto se autoriza a los corregidores para abordar estos vehículos.