La Alcaldía de Panamá prohibió, durante los cuatro días de Carnaval, teñirse total o parcialmente el cuerpo con sustancias colorantes y manchar a otras personas, tal como lo hacen los resbalosos.
En el decreto número 700 de 10 de enero de 2013, también queda prohibido usar látigos y jeringas o utilizar cualquier método de coacción para pedir dinero, además de lanzar harina, productos químicos, serpentina y confeti minúsculos, así como otro objeto con el que se pueda hacer daño o ensuciar a las personas.
Se prohíbe que deambulen por las calles personas desvestidas, es decir desnudas, y hacer bailes vulgares y exhibiciones en tarimas y otros lugares de concurrencia pública.
Igualmente, a partir de las 6:00 p.m. queda terminantemente prohibido el uso de máscaras o antifaces que dificulte la identificación de la persona que las porta.
Quienes contravengan estas disposiciones podrían enfrentar sanciones entre B/.5.00 y B/.1,500.00 o su equivalente en días multa.
FUENTE: Odalis Núñez


