La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), suspendió provisionalmente los efectos del contrato de concesión del servicio de cámaras de vigilancia suscrito entre la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), y la empresa Traffic Safety de Panamá S.A.
El contrato era para el diseño, suministro e instalación de cámaras de vigilancia para la seguridad vial en Panamá, e incluía control de velocidad y otros servicios conexos. Además, obligaba al Estado a pagar a la empresa concesionaria el 65% del monto de cada infracción de tránsito impuesta, y solo el 35% pasaría al Tesoro Nacional.
La Asociación de Arrendadores de Vehículos (ANAV) presentó una demanda contra este contrato, al considerar que contenía condiciones "lesivas y desfavorables para el Estado panameño".
A consideración de la Sala Tercera, el contrato de concesión "por sí solo no se enmarca dentro de las particularidades de una obra pública de interés público".




