La Comisión de Gobierno y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional, prohijó este viernes el Anteproyecto de Ley 164 denominado Antiblindaje que tiene que ver con el tiempo de juzgamiento para diputados.
La iniciativa fue presentada en el mes de enero por el propio presidente de este Órgano del Estado, Adolfo Valderrama deroga la Ley 55 del 2012 y modifica artículos del Código Procesal Penal sobre el proceso de juzgamiento de los miembros de la Asamblea Nacional.
Entre las modificaciones están la derogación del Artículo 491-A que establecía el Plazo de la Investigación la cual daba dos meses al Magistrado Fiscal que investigue al diputado.
También modifica el Artículo 488 que se refería a los requisitos de admisión de la denuncia, eliminando este proceso y refiriendo este Artículo a la Designación del Magistrado Fiscal y del Juez de Garantías, señalando que el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, a quien le compete investigar al Diputado, con asistencia de la Procuraduría y el abogado del denunciado, examinarán la admisibilidad de la querella y de admitirla, designará un Fiscal de la Causa y un Juez de Garantías.
Al igual modifica el Artículo 491 que establecía un Incidente de Objeción contra las decisiones del Magistrado Fiscal y el Juez de Garantías, estableciendo un “Control Posterior” que señala que las decisiones adoptadas por el Magistrado Fiscal, siempre que no impliquen medidas cautelares personales y reales, serán revisadas por el Magistrado que ejerza la función de Juez de Garantías, quien decidirá en audiencia.
FUENTE: Viola Guevara Gallimore