PANAMÁ Nacionales -  28 de abril de 2015 - 16:59

Aprueban en tercer debate proyecto sobre aumento a jubilados

La tarde de este martes se aprobó en tercer debate en la Asamblea Nacional, el proyecto de Ley N° 197 que modifica el Código Fiscal, el cual busca fortalecer, conservar y sostener las finanzas del patrimonio correspondiente al fideicomiso a favor del Fondo de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja de Seguro Social (CSS).

La iniciativa, presentada por el ministro de Economía y Finanzas, Dulcidio De La Guardia, autoriza el pago de las pensiones de vejez, vejez anticipada, invalidez y sobrevivientes del riesgo de invalidez, las pensiones permanentes absolutas, parciales permanentes, sobrevivientes de riesgos profesionales y las jubilaciones otorgadas conforme a las leyes especiales, a partir del 1 de abril de 2015 y cuyos montos sean de hasta B/.1.000 mensuales.

También con este este proyecto, se pretende buscar alternativas con el fin de evitar el aumento directo de las cuotas de la Caja del Seguro Social que provienen de los aportes obligatorios de los empleados, patronos y trabajadores independientes, así como impedir el aumento de la edad de jubilación y revertir una serie de disposiciones legales emitidas en el quinquenio anterior.

En su intervención, el diputado Luis Eduardo Quirós indicó que este proyecto de Ley no proyecta encarecer las viviendas de interés social a los panameños, ya que el incremento que pudiera producirse en la arena, piedra y productos derivados de estos materiales, es apena de B/.200.00, por lo que no se justifica que dicho costo les sea transferido a los que adquieren una casa.

La iniciativa incluye, además, las bebidas gaseosas, vinos, cervezas, licores y productos derivados del tabaco, tales como cigarrillos y puros de producción nacional e importada, que en adelante serán bienes gravados.

De igual forma, se crea el impuesto para los cupones o tickets de pago, premios, fichas y demás documentos que contengan una obligación de pago a las actividades que generen apuestas realizadas en casinos, salas de máquinas tragamonedas tipos A y C y las agencias de apuestas de eventos deportivos.

Igualmente, se establece impuesto para las salas de bingo, juegos telemáticos, apuestas a través de Internet y cualquier nueva modalidad de juego de suerte y azar autorizado por el Estado.

El incremento quedaría de la siguiente manera:

- Jubilación o pensión menor de B/. 250.00 recibirá un incremento de B/. 50.00 mensuales

-De B/. 250.01 hasta B/.270.00 recibirá un incremento de B/. 45.00 mensuales

- De B/. 270.01 hasta B/. 300.00 recibirá un incremento de B/. 40.00 mensuales

- De B/. 300.01 hasta B/. 400.00 recibirá un incremento de B/. 30.00 mensuales

- De B/. 400.01 hasta B/. 1000 recibirá un incremento de B/. 20.00 mensuales

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FUENTE: Odalis Núñez

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