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PANAMÁ Nacionales -  26 de agosto de 2015 - 15:53

ASEP impone multa de 380 mil balboas a empresa de distribución eléctrica

La empresa de distribución eléctrica Gas Natural Fenosa, fue sancionada con una multa de 380 mil balboas, debido a una serie de incumplimiento de las normas vigentes en materia de electricidad, así lo informó la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP).

Dicha multa se divide en sanciones impuestas a las Empresas de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A. y Empresas de Distribución Eléctrica Metro Oeste S.A., las cuales son administradas por Gas Natural Fenosa.

A la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí S.A., se le impusó la sanción de 250 mil balboas por anomalías encontradas en la red de distribución, que incluyeron falta de poda, ausencia de protección de pararrayos de línea y ausencia de protección en una gran cantidad de derivaciones de los circuitos troncales. Dicha multa deberá ser repartida entre cada uno de los clientes conectados a los sietes circuitos afectados de las Sub- Estaciones de Progreso 34-42; Mata de Nance 34-15 y 34-9; Tijeras 43-5; Valbuena 34-16; Dolega 34-39; y Volcán 43-3; y deberá ser acreditada en un plazo de 60 días calendarios.

Por su parte a la Empresa de Distribución Eléctrica Metro Oeste S.A., se le aplicó una multa de 130 mil balboas, en base a los resultados que rindió el estudio sobre el aumento de las interrupciones, las cuales obedecía a una deficiente prestación del suministro de energía en los circuitos eléctricos de Coclé Este y zonas de playas del Pacífico panameño. Esta multa deberá ser distribuida entre los clientes conectados a los circuitos de las Sub-Estaciones 4-11 y 4-12 de Aguadulce; 13-41 y 13-42 de Antón; 34-36 de Pocrí; 34-40 de Pocrí y derivación de ese circuito hacia la comunidad de Capellanía; 13-11 de Natá; y 13-22 de Penonomé.

Cabe señalar que ambas empresas deberán indicar en la facturación correspondiente a los clientes de los circuitos mencionados que el crédito fijado en la factura se otorga por razón de la multa impuesta por la ASEP. Por otro lado, tendrá cinco días hábiles a partir de su notificación, para solicitar una reconsideración.

FUENTE: Nimay González

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