ver más
Telemetro
Panamá Nacionales -  31 de octubre de 2018 - 15:42

Regulan actividades de chivas parranderas

En Gaceta Oficial fue promulgado el Acuerdo N°235 mediante el cual se regula las actividades recreativas o lucrativas realizadas por las personas que prestan servicio de chivas parranderas en el distrito de Panamá.

Según este acuerdo, las personas que se dediquen a prestar este servicio requerirán de un permiso para dicha actividad expedido por el alcalde de la capital, mediante resolución.

La solicitud debe ser presentada ante la Dirección Legal y Justicia en del Municipio de Panamá. Y se establece una tasa de tramitación de 20 dólares por cada vehículo.

Tras recibir esta solicitud, el Municipio de Panamá realizará una inspeccción física al vehículo para determinar las condiciones físicas, las modificiaciones a la estructura, las medidas de mitigación de ruido, luces, troneras y equipo de sonido.

Esta inspección tendrá un costo de 50 dólares y el permiso de operación tendrá una duración de un año.

Los operadores deberán portar en cada paseo el listado de los participantes, establecer convenios con locales comerciales para el uso de permisos sanitarios, colocar en lugar visible los permisos de operación, colocar extintores y fumigar cada cuatro meses el vehículo.

Además, el acuerdo señala que el horario de circulación será los domingos, lunes, martes y miércoles desde las 12: 00 m.d hasta las 12:00 m.n.; los jueves y viernes desde las 12:00 m.d hasta las 2:00 a.m y el sábado desde las 12:00 m.d hasta las 3:00 a.m.

El incumplimiento de estas regulaciones será sancionada con multas desde 500 dólares hasta 2 mil dólares.

FUENTE: Catherine Perea

En esta nota:

Las Más Leídas

Recomendadas
Más Noticias