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Contralor no requiere autorización de la Corte para auditar planillas de la Asamblea

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) negó un amparo de garantías presentado por Carlos Eugenio Carrillo en representación de la diputada y presidenta de la Asamblea Nacional, Yanibel Ábrego, contra una resolución del contralor General de la República, Federico Humbert que ordenó auditar la planilla 080 de contratos por servicios profesionales del personal de los diputados.

El fallo de la CSJ deja claro que la Contraloría General de la República no requiere autorización por parte del "máximo tribunal", para realizar auditorías de los recursos asignados al financiamiento del objeto de gasto denominada "gratificaciones, incentivos y otros servicios profesionales" en la planilla 080 de la Asamblea Nacional.

Mediante nota del 15 de mayo de 2018, Humbert ordenó auditar la planilla 080 de la Asamblea, sin embargo Ábrego interpuso un recurso contra la Resolución No. 685-2018-DIAF tendiente a determinar la corrección o incorrección en el manejo de los recursos para impedir que esa entidad ejecutara la auditoría.

El fallo que tuvo como ponente el magistrado Cecilio Cedalise, señala que la auditoría que ordenó Humbert, no significa una investigación de naturaleza penal o policiva a título personal contra un diputado en especial, por lo que no se requiere autorización de la Corte.

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Señalan que si el resultado de las investigaciones o procedimientos administrativos arrojan elementos que sugieren la comisión de un delito penal o hecho punible, entonces si corresponde a la Corte conocer del caso, “una vez se satisfagan las exigencias formales previstas por el ordenamiento jurídico”.

Cabe señalar que el artículo 280 de la Constitución de la República concede la potestad a la Contraloría General de la República de fiscalizar y regular, mediante el control previo o posterior, todos los actos de manejo de fondos de bienes públicos.

FUENTE: Odalis Núñez