Un fallo emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró nulas por ilegales la prohibición del pago en efectivo que ofrecen las plataformas tecnológicas de transporte, como Uber y Cabify; así como la norma que prohíbe la prestación del servicio fuera de las provincias de Panamá, Panamá Oeste, Coclé y Colón.
Igualmente, del artículo N° 6, la frase “este servicio podrá prestarse en las provincias de Panamá, Panamá Oeste, Coclé y Colón”. A juicio de la Asociación de Consumidores Libres “es un importante triunfo para el consumidor panameño, ya que con esta sentencia, que surtirá sus efectos jurídicos una vez sea publicada en Gaceta Oficial, el ciudadano recupera su derecho a elegir en libertad, en materia de servicio de transporte”. El gerente General de Uber para Panamá y el Caribe, Gabriel Gutiérrez en pasadas declaraciones sostuvo que negar el pago en efectivo es limitar el acceso a la tecnología a un gran sector de la población que utiliza los servicios de la plataforma para movilizarse diariamente.
FUENTE: Odalis Núñez