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Panamá Nacionales -  28 de julio de 2020 - 17:05

Abordan ampliación de la ley que establece impuesto selectivo a las bebidas azucaradas

Por Nimay González

Una reunión en la que se aborda el tema sobre la ampliación de la Ley 114 que crea el plan para mejorar la salud y establecer el impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas y los criterios para su uso, es sostenida este martes por diferentes autoridades.

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En la reunión que se desarrolla de forma virtual participan representantes del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), la Autoridad Nacional de Aduanas, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (Aupsa) y el Ministerio de Salud (Minsa).

Cabe mencionar que según establece la ley, para las bebidas gaseosas el impuesto es de 7%, de 5% para el resto de las bebidas azucaradas ya sean de producción nacional o importadas, y 10% para los jarabes, siropes y concentrados para la producción de bebidas azucaradas; mientras que los alimentos bebibles a base de lácteos, granos o cereales, los néctares, jugos de frutas, vegetales con concentrados naturales de frutas y sus concentrados y aquellos productos en general cuyo gramaje sea inferior a 7.5 gramos de azúcar por cada 100 ml de bebida azucarada, estarán exentos del impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas.

Como parte de esta ley, las empresas dedicadas a la importación y producción nacional de bebidas azucaradas deben incluir en todos sus productos el contenido nutricional en su etiquetado en idioma español.

La totalidad del importe recaudado del impuesto será utilizado para fines del plan de acción para mejorar la salud y se distribuirá de la siguiente manera: 35% para el Ministerio de Salud (Minsa); Instituto Oncológico Nacional, 25%; programas de las clínicas de paciente diabético del sector público de salud a nivel nacional, 15%; Ministerio de Educación (Meduca), 15%; Ministerio de Desarrollo Agropecuario, 5% y Ministerio de Comercio e Industrias, 5%.

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