Este jueves fue promulgada en Gaceta Oficial la Resolución No. 904 a través de la cual el Ministerio de Salud de Panamá ( Minsa ) autoriza la reactivación , operación y movilización de personas en los parques naturales y áreas protegidas a nivel nacional, a partir del 5 de octubre de 2020, según lo dispuesto en la estrategia denominada “Ruta hacia la nueva normalidad”.
Entre estas regulaciones se encuentran:
Estarán abiertas todos los días, excepto en los horarios de toque de queda y cuarentena total establecidos por el Minsa. Cumplirán con los lineamientos para el retorno a la normalidad establecido mediante la Resolución No.405 de 11 de mayo de 2020, las Guías Sanitarias para las operaciones post COVID-19 y demás protocolos y medidas que establezca el Minsa; además de la Resolución N° DM-154-2020 de 20 de mayo de 2020, la Resolución N° DM-155-2020 de 25 de mayo de 2020 y la Resolución N° DM-198-2020 de 10 de julio de 2020, emitidas por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel). Se proveerá a los trabajadores los implementos de bioseguridad, tales como gel alcoholado, mascarillas, entre otros indispensables, según los protocolos y normas emitidas sobre esta materia por la autoridad sanitaria. Las personas que visiten parques naturales y áreas protegidas deberán cumplir con los lineamientos de bioseguridad post COVID-19, con cualquier otra disposición sanitaria emitida por el Ministerio de Salud que guarde relación con éstos, y deberán usar mascarilla y mantener el distanciamiento físico de por lo menos dos metros. Las actividades familiares recreacionales en parques naturales y áreas protegidas podrán realizarse en burbujas familiares, por lo que no se permitirán paseos en buses u otros medios de transporte que implique movimiento masivo de personas y queda terminantemente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas y la venta de comidas, a excepción del consumo que se realice en restaurantes o fondas.