La administradora de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), Zelmar Rodríguez, explicó en qué consiste el cargo que se plantea aplicar a los usuarios con paneles solares para la generación de energía.
Rodríguez aclaró que este cobro “no tiene nada que ver con el medidor bidireccional”, dispositivo que registra la cantidad de energía que el usuario inyecta a la red eléctrica y cuánta consume.
El medidor bidireccional permite contabilizar la energía enviada y recibida por el usuario, en periodos que pueden ser de seis meses o hasta un año, según lo determine el cliente.
"¿Qué queremos nosotros en la norma? Que aquellos que tienen paneles, paguen proporcionalmente el uso de ese cable porque lo sigues usando porque no están en conexión 0",