La Corte Suprema de Justicia comunicó que son inconstitucionales la frase “entre un hombre y una mujer”, contenida en el artículo 26 del Código de la Familia de la República de Panamá, ni la expresión “las personas de ese mismo sexo”, también del Código de la Familia, en un fallo del 16 de febrero de 2023.
Fallo prohíbe que contraigan matrimonio personas del mismo sexo
Bajo ponencia de la María Eugenia López Arias, el Pleno concluyó que “las normas que disponen que el matrimonio debe concertarse voluntariamente entre un hombre y una mujer, legalmente capaces para unirse, hacer, y compartir una vida en común, y las que de manera concomitante prohíben que contraiga entre sí personas del mismo sexo de acuerdo al artículo 34, 1 del Código de la Familia y 35 del Código de Derecho Internacional Privado.
El fallo contó con seis votos a favor de los magistrados Carlos Alberto Vásquez Reyes, Cecilio Cedalise Riquelme, María Cristina Chen Stanziola, Miriam Cheng Rosas, Maribel Cornejo Batista y Ariadne Maribel García Angulo; uno razonado del magistrado Olmedo Arrocha Osorio, y el salvamento de voto de la magistrada Angela Russo de Cedeño.