El jueves 21 de septiembre, el presidente Laurentino Cortizo, sancionó el Proyecto de Ley que modifica y adiciona artículos a la Ley 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios en Panamá.
Intereses cubiertos por el Estado
En el rango de las viviendas, cuyo valor registrado al momento del financiamiento sea entre B/ 45 mil a B/. 80 mil, el Estado absorbe el 4% de los intereses por un período de 10 años no renovables.
De igual forma 4% de interés preferencial en los préstamos para viviendas a nivel nacional, por un período de 8 años no renovable, cuyo valor al momento del financiamiento sea entre B/. 80 mil y B/.120 mil.
También señala el 2% en los préstamos para viviendas plurifamiliar vertical a nivel nacional, por un período de 5 años, no renovable, cuyo valor registrado al momento del financiamiento sea entre B/. 120 mil a B/150 mil.
Finalmente, la norma incluye 1.5% de interés en los préstamos para viviendas plurifamiliar por un período de 5 años no renovable para viviendas cuyo valor al momento del financiamiento sea entre B/. 150 mil hasta B/.180 mil, según detalla la Presidencia de Panamá.