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CSS, auxilio funerario: Conozca cómo aplicar y cuáles son sus requisitos

El auxilio funerario está sustentado en el artículo 187 de la Ley 51, orgánica de la CSS, de diciembre de 2005.

Jovanna Peralta
Por Jovanna Peralta

La Caja de Seguro Social (CSS) otorga el auxilio funerario para ayudar con los gastos que origina la muerte de un asegurado activo, jubilados y pensionados, siempre siempre que la muerte no sea por un accidente laboral o o de riesgo profesional.

La institución ofrece este subsidio de 300 balboas y lo admite a quien realice el gasto funerario debidamente comprobado. Esto se da mediante el artículo 187 de la Ley 51, orgánica de la CSS, de diciembre de 2005.

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Requisitos para aplicar al auxilio funerario

El primer requisito fundamental para tener derecho a este auxilio es que la persona fallecida debe haber acumulado seis meses o más de cuotas mensuales en los 12 meses anteriores al fallecimiento. Además, los familiares deben contar con los siguientes documentos:

  • Certificado de defunción expedido por el Tribunal Electoral.
  • Solicitud de auxilio de funeral debidamente llenada, sin borrones ni tachones.
  • Factura fiscal o electrónica y copia a nombre de quien sufragó el gasto.

En caso de fallecimiento en zonas apartadas en donde no existen funerarias que cuenten con facturas fiscales ni electrónicas estas deben presentarse con un documento donde la DGI hace constar que dicha empresa está exenta del uso de ellos, tantos fiscales como electrónicas.

  • Original y copia de la cédula del solicitante que compruebe haber efectuado el gasto.
  • Original y copia de cédula del fallecido.

Es importante tener en cuenta que el derecho para reclamar la suma otorgada por la Caja de Seguro Social en concepto de funeral prescribe a los tres años. Este plazo comienza a contar a partir del día de la defunción.