Los Servidores Públicos tienen hasta el 31 de marzo de 2023, para realizar su declaración jurada siguiente a la terminación de su año Fiscal. Una declaración jurada es la declaración sobre todos sus ingresos y los gastos originados o causados en Panamá para obtener las ganancias que tributan el impuesto sobre la renta.
Las multas por no realizar la Declaración Jurada a tiempo son de B/.500 para el negocio y B/.200 por Publicidad Móvil, según el Acuerdo N°40 del 19 de abril de 2011, artículo 7 parágrafo 2.
El Municipio de Panamá hizo un recordatorio a los contribuyentes del proceso a realizar para hacer efectiva su declaración jurada donde quienes opten por realizar el proceso de forma digital deben estar registrados al portal mupa.gob,pa, luego a ‘Trámites en Línea’ y suscribirse con número de contribuyente, número de cédula, correo electrónico y una clave.
La ley 280 del 30 de diciembre de 2021, establece que un Contador Público puede participar com perito para la presentación de informes con la persona jurídica, este podrá facilitar el proceso e instruir al mismo, si es la primera vez que realiza el proceso.




