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Elecciones Generales: ¿Quiénes pueden votar?

El Tribunal Electoral inició oficialmente el periodo electoral para las Elecciones Generales 2024-2029 a mediados del 2022

El Código Electoral considera a todo ciudadano de 18 años en adelante como una persona con derecho al voto; en el artículo 1 de la Ley, establece que todo ciudadano tiene el deber de obtener su cédula de identidad personal, y a su inclusión en el Registro Electoral.

El Tribunal Electoral (TE) tiene la obligación de facilitar la expedición de cédulas de identidad personal y de incluir a los ciudadanos en el Registro Electoral en el caso que el individuo realice algún cambio de residencia debe ser declarado ante la entidad para realizar los cambios en el registro.

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Realizar el cambio de residencia era importante para las votaciones durante las elecciones generales 2024

Realizar el cambio de residencia era importante para las votaciones durante las elecciones generales 2024

Según la entidad a través de su plataforma señala que los ciudadanos podrán verificar su centro de votación y su actualización en el Padrón Electoral accediendo a la página web www.verificate.te.gob.pa

Cambio de residencia para ejercer el voto

Aquellos ciudadanos que por algún motivo tuvieron que moverse hacia otro lugar dentro del territorio panameño, debieron realizar el cambio de residencia necesario para ejercer el voto durante las elecciones generales del 2024, para ello, el TE, realizó una jornada especial que vencía el pasado 6 de enero del presente año.

Este trámite es necesario para actualizar la información del Padrón Electoral Preliminar y facilitar que los ciudadanos puedan votar cerca del lugar donde residen.

Voto 2024: ¿Qué pasa si no logré hacer el cambio de residencia?

Según el Articulo 22 del Código electoral, menciona que el ciudadano que no hubiese efectuado oportunamente el cambio de residencia, o el que lo hiciese con posterioridad a la suspensión de los trámites de dicho cambio, votará en la mesa que le correspondía según el Padrón Electoral, por razón de su residencia anterior.

De no realizar el cambio de residencia a tiempo, la persona no aparecerá en el padrón electoral del corregimiento donde actualmente reside por lo tanto no podrá votar en dicha zona.

El Tribunal explica que durante las próximas votaciones del año 2024, tendrá que que dirigirse a su antiguo corregimiento para poder realizar el sufragio. El haber realizado el cambio de residencia le da el beneficio de desplazarse a su localidad más cercana para poder votar.