Panamá Nacionales - 

Elecciones en Panamá: Prohibiciones en periodo de campaña

Durante los 90 días de campaña para las elecciones de 2024, el Tribunal Electoral destaca las prohibiciones generales.

Yulilka Godoy
Por Yulilka Godoy

El Tribunal Electoral recuerda las prohibiciones durante el periodo de campaña para las elecciones, la cual tuvo su apertura el sábado 3 de febrero. Durante 90 días, a partir de la fecha mencionada, los candidatos a presidente, alcalde, diputado y representante deben seguir las normas contempladas en el Código Electoral.

El Tribunal Electoral destaca en las prohibiciones generales:

  • El uso de los símbolos de la nación, en conformidad con el artículo 6 de la Constitución Política.
  • El uso no autorizado de la imagen personal, según lo establece el artículo 577 del Código de la Familia.
  • Que se divulgue toda propaganda electoral a través de los medios de comunicación sin estar respaldada por la firma y las generales de una persona responsable, para los fines electorales, civiles y penales correspondientes. En caso de personas jurídicas, deben estar respaldadas por el representante legal o su apoderado.
  • Que los medios de comunicación donen pautas o tiempo para propaganda electoral a favor o en contra de los partidos políticos.
image.png
Elecciones en Panamá: Prohibiciones en periodo de campaña electoral

Elecciones en Panamá: Prohibiciones en periodo de campaña electoral

Desde los 3 meses previos al día de la elección, se prohíbe la propaganda y publicidad estatal y de gobiernos locales en todos los medios de comunicación social, incluyendo la de los contratistas del Estado, para promover avances o culminación de obras, salvo las excepciones que se detallan a continuación y que deben ser previamente autorizadas por el Tribunal Electoral:

  • Cuando se requiera informar temas de importancia nacional, como campañas de prevención, vacunación, salud pública, inicio o suspensión de periodos de clases y conmemoración de un día por disposición legal.
  • En situaciones de emergencia, catástrofes naturales, cuando se requiere informar a la ciudadanía sobre medidas de seguridad, evacuación, cierre o habilitación de vías alternas.
  • Convocatoria a actos por mandato legal.

¡Importante!

  • Que las personas naturales o jurídicas, sea a título propio o por cuenta de terceros, contraten o donen propaganda electoral a favor o en contra de partidos o candidatos.
  • Que los medios de comunicación donen pautas o tiempo para propaganda electoral a favor o en contra de partidos políticos.
  • Que los medios de comunicación acepten pautas para propaganda electoral en violación a lo dispuesto en el artículo 271 del C.E. (los puntos anteriores).