Panamá Nacionales -  28 de septiembre de 2026 - 10:48

Fiestas Patrias 2026: fechas, feriados y días de descanso en Panamá

Conoce cómo caen los feriados de Fiestas Patrias en noviembre de 2026 y cuáles son los días de descanso obligatorio establecidos en Panamá.

Noemí Ruíz
Por Noemí Ruíz

Panamá se prepara para celebrar en noviembre de 2026 el Fiestas Patrias, periodo en el que se conmemoran acontecimientos fundamentales de la historia nacional. Para los trabajadores, el calendario incluye cuatro fechas importantes: 3, 5, 10 y 28 de noviembre, todas consideradas días de descanso obligatorio por fiesta nacional.

¿Cuáles son los días libres de noviembre de 2026 en Panamá?

De acuerdo con el artículo 46 del Código de Trabajo, los días 3, 5, 10 y 28 de noviembre están contemplados como días de descanso obligatorio por fiesta nacional.

En 2026, las fechas quedan distribuidas de la siguiente manera:

  • Martes 3 de noviembre: Separación de Panamá de Colombia.

  • Jueves 5 de noviembre: consolidación de la Separación de Panamá de Colombia, conmemorada especialmente en Colón.

  • Martes 10 de noviembre: Primer Grito de Independencia de La Villa de Los Santos.

  • Sábado 28 de noviembre: Independencia de Panamá de España.

Por lo tanto, las cuatro fechas son de descanso obligatorio, según las disposiciones laborales vigentes.

¿Habrá días puente por las Fiestas Patrias 2026?

Que algunas de las fechas caigan martes o jueves no significa automáticamente que se trasladará el descanso para formar un fin de semana largo.

La Ley 28 del 4 de mayo de 2015 eliminó la disposición que permitía trasladar automáticamente determinados descansos obligatorios mediante los denominados días puente. Por ello, cualquier modificación extraordinaria para 2026 tendría que ser anunciada oficialmente por las autoridades.

¿Cuánto deben pagar si se trabaja durante un feriado?

MITRADEL ha explicado que los trabajadores del sector privado que laboren durante los días de fiesta nacional tienen derecho a un recargo del 150 % sobre el salario de la jornada ordinaria, además del descanso compensatorio correspondiente.

Esta disposición se aplica a las fechas patrias del 3, 5, 10 y 28 de noviembre, todas reconocidas como días de descanso obligatorio.