Panamá Nacionales -  30 de septiembre de 2021 - 15:42

Minsa dice que pagará horas extras al personas del HSMA en octubre y vigencias expiradas en diciembre

En cuanto al mes de septiembre, las regiones e instalaciones de salud deben presentar en el término de 7 días hábiles la documentación de ejecución de las jornadas extraordinarias.

Nimay González
Por Nimay González

Ante el llamado a un paro de labores a partir de este viernes 1 de octubre por parte del personal médico del Hospital San Miguel Arcángel (HSMA), el Ministerio de Salud de Panamá (Minsa) informó este jueves que a partir del 20 de octubre se estará realizando el pago correspondiente a las horas extras.

“Las jornadas extraordinarias correspondientes a los meses de julio y agosto en esta instalación de salud serán pagadas el 20 de octubre del presente año, pues los de mayo y junio ya se hicieron efectivos”, indica el Minsa.

Señala que con relación al pago del mes de septiembre, las regiones e instalaciones de salud deben presentar la documentación sustentadora de ejecución de las jornadas extraordinarias en el término de 7 días hábiles.

En cuanto a las vigencias expiradas por estudios de postgrados, el Minsa asegura los pagos se realizarán a partir del mes de diciembre de 2021, explicando que todo proceso de pago de vigencia expirada conlleva una tramitología y que durante los últimos meses del año se debe cumplir con los pagos de bonos y jornadas extraordinarias regulares, COVID-19 y trazabilidad.

El Minsa hace un llamado al personal de salud y administrativos del HSMA para que mantengan la continuidad del servicio en la consulta externa y cirugías electivas, recordando que el estado de emergencia a nivel nacional por la situación de contingencia que atraviesa el país por la COVID-19 aún no ha sido levantado, por lo que no es viable que tan indispensable servicio esté fuera de funcionamiento.

Agrega que mediante la Circular No. 242/DPSS/DOYD del 2 de marzo del 2021, se le comunicó a todos los directores médicos de hospitales en el país, que con el fin de garantizar el acceso a los servicios de salud, se procediera al retorno gradual de la consulta externa y cumplir con la guía sanitaria de bioseguridad para instalaciones hospitalaria post COVID-19 elaborada por la Dirección General de Salud Pública.

Además el Artículo 109 de la Constitución Política de la República establece que es función esencial del Estado velar por la salud de la población, y el individuo, como parte de la comunidad, tiene derecho a la promoción, protección, conservación, restitución, rehabilitación de la salud y la obligación de conservarla; asimismo el Numeral 5 del Artículo 110 señala que el Estado tiene la obligación de crear establecimientos donde se presten servicios de salud integral, de acuerdo con las necesidades de cada región.

“Es por ello que por la necesidad de mantener ininterrumpido la prestación de los servicios y actividades de salud que se brindan en las instalaciones y hospitales del Ministerio de Salud, es necesario que el Hospital San Miguel Arcángel permanezca en horario extendido para cubrir la prestación de servicios las 24 horas los 7 días a la semana y mantener el recurso humano que proporcione el servicio requerido”, añade.

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