Panamá Nacionales - 

Mitradel anuncia nuevas regulaciones en tema de migración laboral

A partir de la fecha hasta el 31 de marzo, el Mitradel estará aceptando las solicitudes bajo las categorías establecidas por el Derogado Decreto 17 de 1999.

Ana Canto
Por Ana Canto

El Min isterio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), anuncia que se actualizó la normativa que reglamenta los artículos 17, 18 y 19 del Código de Trabajo en cuanto a la contratación de mano de obra extranjera en el país, con el propósito de ordenar las disposiciones creadas para este fin, mediante el Decreto Ejecutivo No. 4 del 2 de marzo del 2023, publicado en Gaceta Oficial el 9 de marzo del 2023.

Un comunicado de la institución resalta, que se emitirá una Resolución Ministerial que reglamenta el procedimiento para la solicitud y emisión de los carnés de trabajo, con miras a una futura implementación del sistema digital para este trámite.

Clasificaciones de permisos de trabajo

  1. Permisos de trabajo que equivalen a mano de obra local: aquellos extranjeros que, de acuerdo a las regulaciones de la Ley, que son considerados con los mismo tratos que los nacionales por su condición e arraigo al país, sea por tener más de 10 años continuos en el país, por ser padres o madres de hijos panameños y casados con nacionales.
  2. Porcentajes autorizados por el Código de Trabajo: que son los porcentajes de 10% de personal ordinario y 15% de personal especializado o técnico.
  3. Leyes Especiales: aplicable a todas las disposiciones de regímenes empresariales o actividades económicas de empresas con regulaciones especiales (Empresas Multinacionales, Manufactureras, Cinematografía, etc.), siempre y cuando las disposiciones establezcan que necesitan de trabajo.
  4. Protección Humanitaria: para los casos de personas en condición de refugio o trámite de refugio aislado, apátrida o víctima de trata de personas. Incluyéndose por primera vez el reconocimiento de las personas apátridas (personas que no tienen registro de ninguna nacionalidad pero están en el territorio nacional).
  5. Condiciones Especiales: que regula los permisos de trabajo de los extranjeros de países que mantienen relaciones amistosas o económicas con Panamá, Regulación Migratoria, Extranjeros Profesionales o estudiantes, y por primera vez un permiso de trabajo para trabajadores por cuenta propia o autoempleo.
  6. Temporales: aplicable a los artistas internacionales, técnicos especializados y artistas de espectáculos nocturnos.
https://twitter.com/MitradelPma/status/1634275439282737157

Solicitudes que serán aceptadas

Para la debida implementación de esta disposición y procurar que los trámites que estaban en proceso de presentación por parte de los usuarios de Migración Laboral, se ha dispuesto aceptar todas las solicitudes bajo las categorías establecidas por el Derogado Decreto 17 de 1999, hasta el 31 de marzo 2023. A partir del 1 de abril de este año, sólo se recibirán los permisos de trabajo bajo las nuevas disposiciones de decreto 4 del 2023.

La medida fue tomada con el fin de adaptar las regulaciones a los cambios de las necesidades del mercado laboral, con más de 24 años sin haber sido revisadas.