El Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá (MEF) informó quiénes tienen derecho a registrarse y recibir el pago del Certificado de Pago Negociable por Intereses por Mora (CEPANIM) en casos donde el beneficiario haya fallecido.
- Esposo o esposa
- Conviviente (unión de hecho)
- Hijo encargado
- Hijos
- Otros parientes
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Todos deberán presentar documentación legal que respalde su vínculo.
Pago iniciará en junio de 2026
El MEF indicó que la entrega de cheques comenzará en junio de 2026. Los beneficiarios deberán registrarse previamente en el portal web habilitado, ingresando sus datos personales y documentos.
Requisitos para familiares de fallecidos
Esposo o esposa
- Certificado de matrimonio
Unión de hecho
- Certificado de defunción
- Resolución judicial que declare la unión (corregidor o juez de paz)
- Cédula
Hijo encargado
- Certificado de defunción
- Certificado de nacimiento
- Dos declaraciones notariales que acrediten su condición
- Cédula del sobreviviente
Hijos
- Certificado de defunción
- Certificado de nacimiento
- Cédula del sobreviviente
¿Qué pasa si el beneficiario es menor de edad?
En caso de sobrevivientes menores de edad, se deberá presentar:
- Certificado de defunción del beneficiario
- Certificado de nacimiento del menor
- Cédula juvenil
- Acompañamiento de su tutor legal
Recomendación clave
Las autoridades recomiendan a los interesados reunir toda la documentación con anticipación para evitar retrasos o inconvenientes durante el proceso de registro.




