El Tribunal Electoral de Panamá informó que, desde el año 2006 está permitido inscribir a un recién nacido con el apellido materno en primer lugar, siempre que exista un acuerdo mutuo entre ambos padres.
Contenido relacionado: Requisitos y pasos a seguir para realizar Matrimonio de Hecho en Panamá, según el Tribunal Electoral
Tribunal Electoral anuncia requisitos para realizar cambio de apellido
- Original y copia de la cédula de identidad de ambos padres.
- Memorial firmado por el padre y la madre solicitando el cambio de orden de apellidos.
- Dos testigos que certifiquen el acuerdo entre las partes.
Según estadísticas del Registro Civil, en los últimos 9 años se han realizado 165 inscripciones bajo esta modalidad, con el apellido materno como principal.
Cabe señalar que, la ley panameña permite que mayores de edad también puedan, por una sola vez, invertir el orden de sus apellidos o eliminar uno de ellos, conforme a los artículos 40 y 41 de la Ley 31 del Registro Civil.