Las penas por secuestros en el país, van desde los 2 a 20 años de prisión, dependiendo del agravio del delito, según el Código Penal de Panamá, en el capítulo denominado "Delitos contra la libertad Individual".
- El tiempo de liberación de la víctima.
- Las agresiones físicas y mentales.
- Si se trata de un menor de edad, persona con discapacidad, mujeres embarazadas y adultos mayores.
- Secuestros de personalidades con inmunidad reconocida por el Derecho Internacional.
- Huéspedes o invitados del gobierno nacional o de cualquier ente público.
Penas del delito contra la libertad individual en Panamá
La pena mínima responde a 1 y 3 años de cárcel. Como pena máxima esta ligada al secuestro de una persona con el propósito de obtener dinero, bienes y documentos de efecto jurídico. El autor, aunque no logré su objetivo, será puesto en prisión y condenado de 15 a 20 años de prisión.
Las penas podrán ser reducidas cuando la persona sea liberada antes de los dos días voluntariamente y los autores suministren información de otros participes del delito, siempre y cuando, la víctima no presente agresiones físicas ni mentales.
En cuanto a las penas del delito a los secuestradores de un menor de edad, aumentan de 3 a 6 años, al ser raptado del cuidado de sus padres o tutores y, además, saque del país a la víctima sin autorización de quien tenga la patria potestad del niño.
La cantidad de años aumenta, de ser el autor del delito uno de los progenitores y parientes adicionales que participaron en el rapto del menor.
El Ministerio Público de Panamá, orienta a la ciudadanía de acudir a la Policía Nacional, a la Dirección de Investigación Judicial y al Centro de Recepción de Denuncias, en su sede en Ancón, Panamá, o llamar a los números telefónicos: 512-2222, 512-2200, para dar inicios a las investigaciones de un secuestro, luego de reportar una desaparición.