Las prestatarias del sector de transporte público selectivo de pasajeros (taxis) tendrán hasta el 15 de mayo de este año para adaptar el color amarillo a todas las unidades que no cumplan con esta medida, tal y como se acordó el 14 de febrero en conjunto con la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT).
Asimismo, es a partir del 16 de mayo, a las 12:01 a.m. donde entrarán en rigor las multas por medio de las acciones de la Dirección Nacional de Operaciones de Tránsito de la Policía Nacional, inspectores de la ATTT y las autoridades facultadas para ello.
¿Qué dice el Decreto Ejecutivo No. 929 del 12 de octubre de 2012?
El artículo 1 del decreto sostiene que, se establece el color amarillo como distintivo exclusivo, para los vehículos del transporte público selectivo de pasajeros (taxis) y colegiales y se prohíbe su uso en automóviles particulares, camionetas, autobuses, con excepción de los vehículos oficiales, comerciales, de colección y aquellos que sean autorizados por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT).
El uso de este color en los taxis surgió con el objetivo de distinguir exclusivamente a estos autos que brindan el servicio selectivo, como elemento que brinda al usuario una identificación visual de inmediato.