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TE admite solicitud de revocatoria de mandato del alcalde Fábrega

Fábrega podrá presentar un recurso de apelación; en caso de ser resuelta a favor de los solicitantes, se dará un plazo de 120 días para recolectar firmas.

Según el abogado, esta solicitud surge "ante la falta de transparencia, de consulta ciudadana, y por las irregularidades administrativas y el manejo del presupuesto que se ha estado dando".

A la resolución que admite la solicitud se le dará traslado a la Fiscalía Electoral y al alcalde Fábrega en los próximos días.

https://twitter.com/felixchaveztv/status/1500866412348329987

Tras darse la notificación, se espera que Fábrega presente un recurso de apelación.

En caso de que la apelación sea resuelta a favor de los solicitantes, se iniciará entonces con una etapa de capacitación de los activistas que presentaron la solicitud para determinar la forma de recolección de firmas, ya sea utilizando la plataforma propia del TE, o través de otra herramienta.

Una vez se abra este plazo, el TE autorizará mediante resolución, el inicio de la recolección del 30% del respaldo requerido, y determinará a cuanto asciende dicha cantidad para el cargo y circunscripción.

Anteriormente, Ruiz Díaz explicó que se trata del 30% de los electores que estaban en el padrón electoral durante las elecciones en las que el alcalde fue escogido.

El plazo aplicable para esta recolección sería de 120 días calendario debido a que este es el tiempo dictado por la normativa para un padrón con más de 100 mil electores, como fue el caso del distrito de Panamá.

La norma actual establece que la revocatoria de mandato podrá ser solicitada por cualquier ciudadano que tenga su documento de identidad personal vigente y que aparezca en el padrón electoral de la elección en la que fue electo el funcionario.