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TE: Periodo de registro para electores residentes en el extranjero y voto adelantado iniciará el 16 de enero de 2023

Los inscritos en el RERE y REVA podrán ejercer su derecho al sufragio para el cargo de presidente de la República, por medio del voto por internet.

Nimay González
Por Nimay González

El periodo para inscribirse en el Registro de Electores Residentes en el Extranjero (RERE) y Registro de Electores para el Voto Adelantado (REVA) iniciará a partir del 16 de enero hasta el 15 de diciembre del año 2023, así lo informó este martes el Tribunal Electoral de Panamá.

Detalla que para realizar la inscripción en el RERE y REVA, el Tribunal Electoral habilitará los siguientes canales:

  • En el sitio web www.tribunalcontigo.com.
  • Presencialmente, en alguna de las oficinas distritales o regionales de cedulación u organización electoral.
  • A través de otros medios tecnológicos que desarrolle el Tribunal Electoral para brindar más opciones en línea a los interesados en inscribirse y que anunciará en su oportunidad.

“Los inscritos en el RERE podrán ejercer su derecho al sufragio para el cargo de presidente de la República por medio de la modalidad de voto por internet, de conformidad con el artículo 12 del Código Electoral y el Decreto General de Elecciones”, indicó el Tribunal Electoral.

Cabe mencionar, mediante el Decreto 29 de 30 de mayo de 2022 a través del cual el Tribunal Electoral convoca a la población a la Elección General del 5 de mayo de 2024 y aprueba su reglamentación, se había establecido que este periodo para inscribirse en el RERE y REVA iniciaba este lunes 3 de octubre, sin embargo, los puntos 9 y 10 del Artículo 2 de dicho decreto, relacionados con el RERE y REVA, fueron modificados a través del Decreto N.° 54 del 29 de septiembre de 2022.

“Que luego de efectuar un análisis del mecanismo a implementar para el proceso de inscripción en el RERE y REVA, y con la finalidad de hacerlo más eficiente, resulta necesario modificar el periodo establecido en el calendario para que el referido proceso inicie el lunes 16 de enero de 2023; derivando la modificación de los artículos 318, 325 y 328, que se refieren también al referido periodo”, detalla el Decreto N.° 54.

Para ejercer el voto adelantado por internet, las personas que califican deben inscribirse entre el 16 de enero de 2023 y el 15 de diciembre de 2023 y cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años y tener cédula de identidad personal, o ser menor de edad con cédula juvenil, que llegará a la mayoría de edad hasta el 5 de mayo de 2024. Al momento de la inscripción, la cédula podrá estar vencida o en proceso de renovación.
  • En el caso de los mayores de edad, al momento de la inscripción deberán estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos.
  • Contar con una cuenta de correo electrónico personal.
  • Estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 12 del Código Electoral y en el artículo 315 del presente Decreto.

Según lo establecido, los ciudadanos que hayan solicitado su inclusión en el RERE y en el REVA podrán confirmar, durante el periodo del 16 de enero al 27 de diciembre de 2023, que han quedado debidamente registrados con la opción de poder imprimir la información obtenida en la página web del Tribunal Electoral, en el sitio VERIFÍCATE-RERE y VERIFÍCATE-REVA.

En el caso de no aparecer registrados, podrán hacer la reclamación a través de los siguientes medios: