La Dirección Nacional de Organización Electoral del Tribunal Electoral (TE) rechazó este martes el recurso de apelación presentado por el alcalde José Luis Fábrega contra una solicitud de revocatoria de mandato.
Considerando que la apelación fue resuelta a favor de los solicitantes, una vez que el expediente baje a la Dirección Regional de Organización Electoral, se iniciará entonces con una etapa de capacitación de los activistas que presentaron la solicitud.
Para la capacitación, que durará dos semanas, se explicará el proceso de recolección de firmas, ya sea utilizando la aplicación del Tribunal Electoral con medida biométrica, la web del tribunalcontigo.com, las sedes de la institución, o kioskos.
Una vez culmine este plazo, el Tribunal Electoral autorizará mediante resolución, el inicio de la recolección de firmas.
Ruiz Díaz explicó a Telemetro.com que se requieren unas 200,000 firmas de los electores que estaban en el padrón electoral durante las elecciones en las que el alcalde fue escogido.
El plazo aplicable para esta recolección sería de 120 días calendario, debido a que este es el tiempo dictado por la normativa para un padrón con más de 100 mil electores, como es el caso del distrito de Panamá.
La norma actual establece que la revocatoria de mandato podrá ser solicitada por cualquier ciudadano que tenga su documento de identidad personal vigente y que aparezca en el padrón electoral de la elección en la que fue electo el funcionario.




