PANAMÁ Nacionales -  25 de junio de 2024 - 15:47

Trabajo, Servicios profesionales: ¿Cómo se diferencia de un empleo formal?

El prestador del servicio profesional se compromete a realizar un trabajo específico para el cliente, a cambio de una remuneración acordada en un plazo determinado.

Lau Chan
Por Lau Chan

La informalidad en Panamá es una preocupación latente y que se suma a los problemas que afectan a la Caja de Seguro Social, la cual deja de percibir fondos necesarios para mantener los programas de pensiones y servicios de salud.

Por eso, aquí te explicamos la diferencia entre un servicio profesional y un empleo formal, el cual se conoce legalmente como una relación de trabajo.

Diferencias entre un servicio profesional y un empleo formal

El empleo formal está compuesto de dos puntos importantes:

  • La dependencia económica: La única fuente principal de ingresos de la persona proviene en este caso de un empleador(empresa o persona), ya que recibe un salario a cambio de sus servicios.

Independientemente del rendimiento económico de la empresa, el empleador asume los riesgos y le provee al empleado un salario fijo.

  • Subordinación jurídica ¿Qué significa esto? pues que la persona que ha sido contratada se encuentra bajo la dirección y supervisión del empleador, quien tiene el poder de asignar tareas, establecer horarios y condiciones laborales, las cuales también incluyen sanciones.

Cabe destacar que, la legislación laboral indica que si la persona cumple con la dependencia económica y la subordinación, se entiende que existe una relación de trabajo, lo que significa que el empleado tiene todo el derecho a cotizar cuotas obrero-patronal, contar con un contrato de trabajo y estar sujeto a las prestaciones y derechos establecidos en el Código de Trabajo.

Servicio profesional está compuesto de dos puntos clave:

  • Independencia económica: El profesional o persona que presta sus servicios no depende económicamente del cliente, ya que recibe un pago por el servicio prestado pero no recibe un salario fijo. El profesional asume los riesgos asociados con su actividad.

  • Autonomía Jurídica: La persona no debe estar bajo la supervición del cliente, sino que mantiene una autonomía en la relación de su trabajo. Por supuesto que, el cliente puede establecer objetivos y expectativas, pero el profesional es libre de decidir cómo alcanzar esos objetivos y buscar la mejor manera de organizar su trabajo su propio equipo de trabajo.

En esta figura de servicio profesional no tienes derechos a vacaciones remuneradas, décimo tercer mes, prima de antiguedad ni indemnización.